gogoanime Reingreso, Homologaciones y Transferencias – Universidad de Bellas Artes y Ciencias de Bolivar

Admisiones

Reingreso, Homologaciones y Transferencias

Estos son los trámites que debe realizar para adelantar procesos de reingresos, homologaciones y transferencias internas de un programa a otro, en la Institución Universitaria Bellas Artes y Ciencias de Bolívar (Unibac).

Pueden ser readmitidos como estudiantes de los programas académicos, aquellos que, habiendo sido estudiantes de la Institución, así lo soliciten y no hayan sido objeto de sanciones académicas o disciplinarias que le impidan su reingreso y cumplan los siguientes requisitos específicos:

  1. Evidencia que el aspirante hubiere solicitado y diligenciado su retiro en debida forma.
  2. La solicitud de reingreso debe presentarse dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de su retiro si este fue voluntario, o de haber cumplido el término de la decisión administrativa o disciplinaria, si el retiro obedeció a sanción académica o disciplinaria, en la que hubiere lugar a reingreso.
  3. Original paz y salvo financiero expedido por el Área Contable de Unibac.
  4. Dos (2) copias de recibo de servicios públicos del sitio donde reside.
  5. Dos (2) copias de la Declaración de renta o certificado de ingresos y retenciones del aspirante y/o de sus padres y/o acudiente según corresponda o certificación de no declarante avalada por contador público.
  6. Actualización del documento de identidad en caso de que haya lugar a ello.

Si la solicitud de reingreso se presenta posterior a los tres (3) años siguientes a la fecha de su retiro, el aspirante debe cumplir con los requisitos establecidos en este artículo y en todo caso se le aplicará lo establecido en el presente reglamento.

 A los estudiantes de reingreso que no hayan superado los tres (3) años de retiro de la Institución, les rige el Plan de Estudios vigente para el programa académico respectivo al momento de su reingreso. En caso de haber variaciones con el existente al momento de su retiro, deberá realizar homologación y/o validación de las materias correspondientes.

 El estudiante que habiendo terminado académicamente y que no se ha graduado, tendrá un plazo máximo de tres (3) años para adquirir su título. El Consejo Académico podrá hacer excepciones a esta regla de acuerdo con los casos especiales, sin que exceda el término hasta por dos (2) años más.

El estudiante en transferencia interna o externa, deberá cumplir con los requisitos establecidos para la inscripción como estudiante nuevo y además deberá allegar los siguientes documentos:

  1. Certificado de notas expedido por la Oficina de Admisiones, Registro y Control Académico en el que conste que ha cursado y aprobado por lo menos tres (3) Asignaturas en el programa de origen.
  2. Acta de homologación de asignaturas expedido por el director del programa y Vicerrectoría Académica del programa al que desea ingresar.
  3. No haber recibido sanciones académicas o disciplinarias que le impidan continuar en la Institución de manera temporal o definitiva.
  4. No haber solicitado y aceptado traslado anteriormente.
  5. Cancelar los derechos pecuniarios a que haya lugar.

El Director de Programa realizará el estudio de traslado, por una sola vez, y serán admitidos como cursados las materias y cursos aprobados, comunes en el Plan de Estudio correspondiente a los dos (2) programas académicos y que sea aceptado por el Consejo Académico.

El aspirante a transferencia interna que sea admitido se le iniciará un nuevo registro de control académico con los cursos o materias comunes aprobadas y con ello se les establece un nuevo promedio ponderado acumulado y en la hoja de vida, se anotará los cursos aceptados para el nuevo programa.

El aspirante que haya perdido el derecho a un programa podrá, por una sola vez, inscribirse en una transferencia interna a otro programa, previo el lleno de los requisitos exigidos para el aspirante nuevo. El estudiante que aspire a transferencia externa igualmente deberá adicionalmente cumplir con los siguientes documentos:

  1. Certificado de notas y reconocimiento con promedio mínimo de 3.5/5.0 por asignatura exigido por Unibac para el nivel de clasificación, con las asignaturas homologadas en el estudio de transferencia.
  2. Certificado expedido por la Institución de Educación Superior, de las asignaturas cursadas con los créditos del programa del cual procede, con sus respectivas notas.
  3. Constancia de antecedentes disciplinarios universitarios.
  4. Plan de Estudio detallado (objetivos, competencias, créditos académicos, duración del curso, bibliografía y contenidos del programa académico solicitado)
  5. Cancelar los derechos pecuniarios a que haya lugar.

Las solicitudes para aspirar a trasferencia externa serán previamente estudiadas por el Director de Programa que corresponda y aprobadas por el Consejo Académico, previo visto bueno de la Vicerrectoría Académica por una sola vez, y serán admitidos como cursantes aquellas materias o cursos aprobados, cuyos créditos sumen hasta un máximo del 50% del Plan de Estudios a los que la Institución ofrece en el programa solicitado.

En caso de que el aspirante sea admitido, se le abrirá hoja de vida debiendo realizar los cursos no aceptados por el Consejo Académico de la Institución y con los cursos aceptados se calculará con ellos el promedio ponderado de ingreso a la institución. Su rendimiento académico se evaluará teniendo en cuenta el promedio ponderado de ingreso y los cursos que matricule el estudiante en la Institución.

 Las asignaturas cursadas en otras Instituciones de educación superior podrán ser reconocidas cumpliendo las mínimas exigencias anotadas, cuando tengan una calificación igual o superior a 3.5 / 5.0 o su equivalente en otra escala. La Institución se reserva el derecho de admitir las trasferencias solicitadas cuando no tenga disponibilidad de cupos en el programa solicitado por el aspirante.

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